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miércoles, 21 de diciembre de 2011

76 países mantienen leyes que prohíben las relaciones homosexuales y cinco aplican la pena de muerte.






76 países mantienen leyes que castigan las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo. La redacción utilizada en estas normas incluye conceptos vagos e indefinidos como "delitos contra el orden de la naturaleza" o "libertinaje", lo que permite acosar o perseguir a personas sospechosas de no ser heterosexuales con condenas que van de plazos muy cortos a cadena perpetua o pena de muerte. Es una de las constataciones de la ONU en su primer informe sobre la violación de derechos en el mundo a las minorías sexuales.

Desde el año 2000, las leyes que penalizan las relaciones homosexuales consentidas entre adultos han sido derogadas en Armenia, Azerbaiyán, Bosnia y Herzegovina, Cabo Verde, Georgia, Fiyi, India, las Islas Marshall, Nepal, Nicaragua, Panamá y los Estados Unidos, junto con los territorios dependientes de nueva Zelanda y el Reino Unido. En algunos casos, los tribunales han anulado las leyes, en otros, la derogación es el resultado de un proceso legislativo. En el contexto del examen periódico universal, varios Estados - entre ellos Mauricio, Nauru, Palau, Santo Tomé y Príncipe y Seychelles - han aceptado las recomendaciones de la despenalización de la homosexualidad.
Solo existen garantías constitucionales explícitas de protección contra la discriminación por motivos de orientación sexual en seis países
En al menos cinco países la pena de muerte puede ser aplicada a las personas declaradas culpables de delitos relacionados con la conducta homosexual por tener relaciones con un adulto. Además de violar los derechos a la vida, la privacidad y la no discriminación la aplicación de la pena de muerte en estas circunstancias viola el artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que establece que en países que no han abolido la pena capital, "la sentencia de muerte sólo podrá imponerse por los delitos más graves" .La Comisión de Derechos Humanos y el Comité de Derechos Humanos ha confirmado que el uso de la pena de muerte por actos no violentos, incluyendo las relaciones sexuales consentidas entre adultos, constituye una violación de los derechos humanos.

Solo existen garantías constitucionales explícitas de protección contra la discriminación por motivos de orientación sexual en seis países, mientras que en otros varios de tales garantías se incorporan a nivel regional o provincial, mientras que en otras naciones (incluyendo Canadá, Colombia, Hong Kong , India y Nepal), el lenguaje en general sobre la no discriminación ha sido interpretado por los tribunales para proporcionar una protección equivalente.
42 países han reconocido como causa para el asilo político la persecución por orientación sexual en el país de origen, aunque el documento señala que en muchos casos no hay por parte de los funcionarios la preparación suficiente para tratar estos casos tan específicos.

www.ociogay.com

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